Ex PDI inválida demanda al Ministerio por beneficios: ¿Grado 5 o 9?

Noticia sobre Ex PDI inválida demanda al Ministerio por beneficios: ¿Grado 5 o 9?

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Actualizado: 02 de diciembre

La exoficial de la Policía de Investigaciones (PDI), Danitza Araya, ha interpuesto un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, acusando al Ministerio de Seguridad Pública de una omisión que, de confirmarse, tendría significativas repercusiones económicas y de grado para su situación de retiro. La disputa se centra en la aplicación de un beneficio legal clave tras su invalidez derivada de un operativo durante el estallido social, un caso que podría redefinir los parámetros de compensación para los funcionarios de seguridad afectados en el cumplimiento de su deber.

Disputa por Grado de Retiro y Beneficios Tras Invalidez en Actos de Servicio

El caso de Danitza Araya, quien sufrió una severa invalidez —quedando parapléjica tras ser atropellada y baleada el 21 de octubre de 2019— en un procedimiento calificado por la propia PDI como «actos propios del servicio» y en un contexto de «conmoción interna», ha escalado a la esfera judicial. Según el recurso de protección presentado, en octubre de 2025, el Ministerio de Seguridad Pública emitió el Decreto Exento N° 22, mediante el cual se dispuso su ascenso a subcomisaria (Grado 9) y su posterior retiro por invalidez del 60%.

Sin embargo, la exfuncionaria argumenta que esta resolución ministerial no aplicó el artículo 129 del DFL N° 1. Dicha normativa permitiría computar 30 años de servicios a aquellos funcionarios que quedan inválidos en circunstancias similares. Bajo esta interpretación legal, la defensa de Araya sostiene que ella debió ser ascendida al grado de prefecto inspector (Grado 5), un nivel significativamente superior al de subcomisaria (Grado 9) que le fue asignado, lo que impacta directamente en sus derechos previsionales y económicos.

Fundamentos Legales de la Demanda y la Posición de la Defensa

El recurso presentado por Araya enfatiza que el decreto del Ministerio no consideró una resolución previa emitida por el director general de la PDI, donde se reconocía que la exoficial cumplía con todos los requisitos para acceder a beneficios ampliados. Antonio Cordano, abogado de la exfuncionaria, subraya que su representada cumple a cabalidad con las condiciones para estos beneficios especiales:

  • Invalidez en actos del servicio.
  • Ocurrencia en circunstancias de conmoción interna.
  • Reconocimiento del jefe del servicio.

Cordano fue categórico al señalar que «la omisión de este reconocimiento es un acto ilegal que contraviene un mandato expreso y corresponde a una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta», lo que refuerza la solidez de la argumentación legal que busca un reconocimiento de mayor jerarquía y sus consecuentes beneficios.

Implicancias Financieras y Peticiones Detalladas a la Justicia

Las peticiones elevadas a la Corte de Apelaciones de Santiago no solo buscan rectificar el grado de retiro de Araya, sino también asegurar un resarcimiento económico considerable y la continuidad de su crucial tratamiento médico. Específicamente, el recurso solicita al tribunal:

  • Corregir el grado: Reconocer a Danitza Araya en el grado de prefecto (Grado 5), computando 30 años de servicio, con efecto retroactivo al 15 de octubre de 2021, fecha en que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) fijó su invalidez.
  • Regularizar pagos retroactivos: Ordenar a la PDI, la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA) y al Ministerio de Seguridad Pública el pago, con efecto retroactivo, de las remuneraciones, bonos, trienios, pensiones, desahucio y montepíos correspondientes al grado superior de Prefecto Inspector (Grado 5).
  • Continuidad del tratamiento médico: Disponer que la PDI mantenga la cobertura de las atenciones médicas de la exfuncionaria, un aspecto de vital importancia dada su condición de paraplejia y los costos asociados a su recuperación y calidad de vida.

La resolución de este recurso tendrá un impacto directo en las finanzas públicas y en la carrera y sustento de la exoficial, estableciendo un precedente sobre cómo el Estado chileno honra sus compromisos económicos y de bienestar con los funcionarios de seguridad que sufren invalidez severa en el cumplimiento de su deber durante periodos de excepción.

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Escrito por Isidora Rojas

Analista de Mercados Globales en ValorDolar.cl

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